ARRELUS (ARLUTZ) BASERRIAREN OINORDETZA (1711)
Gizabanakook testamendu batean agertu behar izan ohi dugu gure azken borondatea, eta notarioaren aurrean egiten den dokumentu horrek lege balioa izaten du. Honetan, Arreslus baserriko ugazabak garbi adierazi zuen norentzat izango zen baserria 1771 urte hartan, hau da, bere semea zen Migel Ignaziorentzat. Eta hala izan zen. Baina beronek baserria laga behar izan zionean oinordetzan bere seme bakarrari, une hartan erlijiosoa zen Joan Baptista de Arrelusek uko egin behar izan zion eskaintza horri, eta, orduan, Migelen alaba zen Maria Ygnacia de Arrelus eskaini zion baserria:"Escritura de acuerdo sobre pleito de Vínculo y Mayorazgo de la Casa Solar de Arrelus, de Antzuola, entre Ygnacio de Lascurain Zumaeta y su mujer Maria Ygnacia de Arrelus Elussa contra Andres de Lascurain Aseguinolaza. (Escribano: Juan Bautista de Hercilla)".
"En la villa de Vergara a veinte y seis dias del mes de agosto de mil setezientos y onze años ante mi Joan Baptista de Ercilla escrivano de ella, Ygnacio de Lascurain Zumaeta y Maria Ygnacia de Arrelusy Mariana de Lascurain Zumaeta su hija todos vezinos de la villa de Anzuola, de la una parte, y de la otra Andres de Lascurain Zumaeta y Aseguinolaza dueño de la Casa Solar de Aseguinolaza y vecino de la villa de Placencia; y dixeron que Miguel Rodriguez de Arrelus vezino que fue de la villa de Anzuola en su testamento y ultima voluntad deuajo de cuya disposicion fallecio que fundo Vinculo y Mayorazgo de libre eleccion de la Casa Solar de Arrelus llamando a su subcesion y goze a Miguel Ygnacio de Arrelus su hijo y de Dª Maria de Elussa y a sus hijos con exclusion de relixioso y relixiosa profesa y clerigos de orden sacro, y aunque el dho Miguel Ygnacio tenia por su hijo lexitimo unico el de Joan Baptista de Arrelus sacerdote profeso, mediante la dha exclusion, usando de la facultad que se le conzedio en la fundacion del dho Vinculo, el dho Miguel Ygnacio hizo eleccion en la dha Maria Ygnacia de Arrelus su hermana; y en virtud de la fundacion del dho Vinculo, eleccion y su aprobacion, los dhos Ygnacio y Maria Ygnacia pidieron su posesion ante la justicia ordinaria de la dha villa de Anzuola; y este mismo dia ante la dha justicia y por testimonio de Francisco de Arrizabalaga escriuano presento pedimiento el dho Andres de Lascurain Aseguinolaza diciendo que como nieto de Mariana de Arrelus su abuela materna, y esta hija lexitima maior de los dhos Miguel Rodriguez de Arrelus y Dª Maria de Elussa se sauia transferido en el la posesion del dho Vinculo; el alcalde de la dha villa tomo los autos de una y otra parte para con vista de ellos probeer justicia, y con acuerdo del lizenciado Dn. Joan de Larreta abogado de los Reales Consejos mando se comunicase a las partes la pretension de cada una, y hauiendose echo notorio este auto alegaron ambas partes, y estando en este estado la causa, los dhos Ygnacio Lascurain y Maria Ygnacia Arrelus acudieron al Real y Supremo Consejo de Castilla donde entablaron demanda y juicio con relacion de la fundacion del dho Vinculo, y pidieron que se lleuasen los autos originalmente al dho Consejo Supremo de Castilla y el dho Andres de Lascurain considerando las largas que semejantes pleitos tienen y los crecidos gastos que acarrean y los fines tan dudosos que tienen, deseando unas y otras partes conserbar el parentesco tan zercano que tienen y la buena correspondencia que asta aqui an tenido, por esta causas en la mejor forma que pueden y mas lugar aia en derecho por esta escriptura se combienen en la forma siguiente:
ARRELUSANDI
El dho Andres de Lascurain Zumaeta y Aseguinolaza declara que se a informado con barios abogados sobre su derecho al Vinculo de la Casa Solar de Arrelus y se halla con el desengaño y reconociendo ser claro el que Ygnacio y Mª Ygnacia tienen a la subcesion, se desiste y aparta y consiente que los dhos marido y muxer entren en el goze del Vinculo y sus vienes.
Los dhos Ygnacio de Lascurain Zumaeta, Maria Ygnacia de Arrelus y Mariana de Lascurain Zumaeta atendiendo a que mediante el desistimiento que de suso lleua echo a su fauor el dho Andres de Lascurain Zumaeta y Aseguinolaza, [...] se atajan los pleitos y que no solo logran esta combeniencia sino tambien el entrar a la posesion de la Casa Solar de Arrelus, natiba de la dha Maria Ygnacia, deseando en parte aliuiar al dho Andres los muchos gastos se obligan de pagar [entre líneas] al dho Andres de Lascurain Aseguinolaza o su voz ducientos ducados de vellon para en pago y parte de lo que a gastado en sus diligencias en esta forma veinte y cinco ducados de vellon para el dia quinze de septiembre proximo y los ciento y setenta y cinco ducados restantes dentro de siete años corrientes desde oy dia de la fecha a razon de veinte y cinco ducados al año [entre líneas] sin mas plazo = Y por las razones suso expresadas asimismo los dhos marido y muxer amplian al dho Andres de Lascurain Aseguinolaza sesenta y nueue pies de castaños que tienen y poseen en el termino de Placencia, y en el llamdo Ariz Zorrozaga que esta en medio de dos riachuelos y por deuajo asimismo tiene otro riachuelo y por arriua un castañal de Joseph de Lasalde vecino de la dha villa [...]
De un acuerdo asientan que si los dichos Ygnacio y Maria Ygnacia fueren desposeidos de todos ellos aora o en otro tiempo por qualquier accidente en este caso Andres aia de restituir alos dhos Ygnacio y Maria Ygnacia los dichos ducientos ducados de vellon y los sesenta y nueue pies de castaños o su valor pero quedando los dhos marido y muxer con parte de los vinculados no a de tener obligacion de restituir juraron sobre la señal de la cruz.
Y asi lo otorgaron por firme ante mi el dicho escriuano siendo testigos Joan Baptista de Venitua Yriarte, Domingo de Bengoa, Andres de Amezua y Joseph Francisco de Barrutia y Aguirre y Julian de Lamaza [entre líneas] vezinos y residentes en esta villa, y doi fee yo el escriuano conozco a los otorgantes firmaron los que sauian y por los que no a su ruego lo hicieron algunos de dhos testigos: Ygnazio de Lascurayn Zumaetta, Andres de Lascurayn y Aseguinolaza, Juan Bauptista de Venitua Yriarte eta Julian de Lamaza. Ante mi Juan Bautista de Hercilla.
Iturria:
- Gipuzkoako Protokoloen Artxibo Historikoa, GPAH 1/0478, fol.213r-221r].
- Eskerrik asko Antonio Iturberi.